Impuesto a la renta

El Impuesto a la Renta (IR) es una contribución anual que se aplica a los ingresos obtenidos en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Este tributo abarca tanto a personas naturales como a aquellas que ejercen actividades empresariales, y su cálculo depende de las fuentes de ingreso generadas.

Pasos para la Declaración de Renta de Primera, Segunda, Tercera y Cuarta categoría.

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  • El SUNAT tomará la información de tus ingresos desde su base de datos. Revisa los datos y si estas de acuerdo haz clic en «siguiente».

Tipos de Renta para Personas Naturales

Si eres una persona natural sin actividad empresarial, los ingresos a declarar pueden clasificarse en diferentes categorías de renta. Cada tipo de renta posee su propia normativa y tasa tributaria:

1. Rentas de Capital – Primera Categoría

Estas rentas provienen del arrendamiento, subarrendamiento, o cesión de bienes muebles e inmuebles. Si generas este tipo de ingresos, debes realizar el pago correspondiente, calculado como el 6.25% sobre la renta neta (equivalente al 5% de la renta bruta).

2. Rentas de Capital – Segunda Categoría

Comprende ingresos provenientes de la venta de acciones o valores mobiliarios, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, y derechos de llave, entre otros.

3. Rentas del Trabajo – Cuarta y Quinta Categoría

Si eres trabajador independiente o dependiente y tus ingresos anuales superan las 7 UIT (S/ 34,650 en 2023), estás obligado a declarar y pagar el impuesto a la renta correspondiente. Se considera que los ingresos se perciben cuando están a disposición del trabajador, incluso si no han sido cobrados en efectivo o especie.

4. Rentas de Fuente Extranjera

Estos ingresos provienen de una fuente ubicada fuera del país. Aunque no se agrupan en una categoría específica, deben incluirse en la declaración de impuestos si han sido percibidos.

Tasa del Impuesto para Personas Naturales

La tasa del impuesto para personas naturales se aplica de forma progresiva y acumulativa, con un esquema de tasas de 8%, 14%, 17%, 20%, y hasta 30%, lo cual significa que a mayor ingreso anual, mayor será el porcentaje a pagar.

Declaración de Rentas Empresariales – Tercera Categoría

Si eres una persona natural con negocio o empresa, tus ingresos generados por actividades comerciales, industriales, mineras, entre otras, se categorizan como Rentas Empresariales – Tercera Categoría. Este tipo de renta se debe declarar mediante la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.

Obligación de Presentar la Declaración Jurada

Están obligados a presentar la declaración:

  • Quienes hayan obtenido ingresos o pérdidas de tercera categoría bajo el Régimen General o el Régimen MYPE Tributario (RMT).
  • Quienes hayan efectuado pagos de más del 15% de sus obligaciones mediante transferencias que no involucren efectivo o medios de pago.

Tasas del Impuesto para Tercera Categoría

La tasa del impuesto varía según el régimen al que pertenezcas:

  1. Régimen General: se aplica una tasa fija del 29.5% sobre la renta neta anual.
  2. Régimen MYPE Tributario (RMT): se aplica una tasa progresiva acumulativa, con 10% para ingresos de hasta 15 UIT y 29.5% para ingresos que excedan esta cantidad.

Para estos cálculos, recuerda utilizar el valor vigente de la UIT en el año fiscal 2023, equivalente a S/ 4,950.

Presentación de la Declaración

El Formulario Virtual N° 709 estará disponible a partir del 13 de mayo de 2024, para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de 2023 para personas naturales sin negocio, conforme a la Resolución de Superintendencia Nº 026-2024/SUNAT.

Conocer tus obligaciones fiscales y cumplir oportunamente con la presentación de la declaración te permitirá mantenerte en regla y evitar sanciones.

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